📍 Santo Domingo, República Dominicana. – Las juezas de la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional aplazaron para el próximo 6 de agosto, a las 11:00 de la mañana, el conocimiento del recurso que busca revocar el auto de no ha lugar dictado a favor de Jean André Pumarol, acusado de causar la muerte de Yolanda Handal Abugabir y herir a varias personas durante un ataque ocurrido en un condominio del ensanche Naco, en julio de 2025.
En la próxima audiencia, el tribunal deberá determinar si confirma la resolución emitida en primera instancia o si, por el contrario, ordena que el imputado sea enviado a un juicio de fondo, como solicitan los familiares de la víctima.
La decisión recurrida fue adoptada por el juez Deivy Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien concluyó que Pumarol habría actuado bajo un cuadro psicótico al momento de los hechos y que, por esa condición, no debía ser sometido a juicio.
🗣️ Familia de Yolanda Handal exige un juicio de fondo
El abogado Miguel Valerio, representante de la familia Handal, expresó que sus clientes esperan que la Corte de Apelación revoque el auto de no ha lugar y permita que el caso sea examinado en un tribunal de fondo.
“Nosotros estamos esperando que se haga justicia, y la justicia lo que manda es que él vaya a un juicio de fondo y en un juicio de fondo alegue lo que tenga que alegar”, manifestó el jurista.
Valerio sostuvo que existen hechos que deben ser debatidos judicialmente y señaló que, durante un eventual juicio, tanto el Ministerio Público como las partes querellantes y la defensa podrán presentar sus pruebas, argumentos y conclusiones.
El abogado recordó que se cumplió un año del fallecimiento de Yolanda Handal Abugabir, fecha que calificó como especialmente dolorosa para sus familiares.
“Es un día muy duro para la familia”, expresó antes de la audiencia.
🧠 Cuestionan fundamento psiquiátrico de la decisión
Uno de los principales puntos de controversia gira alrededor de la condición de salud mental atribuida al imputado y utilizada como fundamento para emitir el auto de no ha lugar.
Miguel Valerio aseguró que, desde la perspectiva de la familia, el peritaje realizado durante el proceso no estableció de manera concluyente que Pumarol padeciera una condición psiquiátrica que impidiera continuar con el caso.
El jurista argumentó que, incluso si se determina la existencia de un trastorno de salud mental, la legislación dominicana contempla mecanismos para garantizar el tratamiento del imputado sin necesariamente impedir que los hechos sean conocidos por un tribunal.
“La Ley de Salud Mental tiene muy claro que el juez puede ordenar su ingreso, controlado, a un centro psiquiátrico”, sostuvo.
⚠️ Estas declaraciones representan la posición de la parte querellante y deberán ser ponderadas por los jueces junto con los argumentos de la defensa y los informes médicos incorporados al expediente.
🏥 Critica que Pumarol esté fuera del sistema penitenciario
Valerio también cuestionó que Jean André Pumarol permanezca ingresado en un centro psiquiátrico externo al sistema penitenciario, pese a que, según afirmó, durante el proceso se estableció que podía representar un riesgo.
El abogado señaló que el sistema penitenciario dominicano dispone de áreas especializadas para personas privadas de libertad que presentan trastornos de salud mental, por lo que considera que esa alternativa debió ser evaluada en este caso.
“Cuando hay un caso así, va a un pabellón psiquiátrico. Esta ha sido la excepción a la regla”, declaró.
Asimismo, rechazó versiones según las cuales al imputado se le habría negado el acceso a medicamentos mientras estuvo bajo custodia.
Valerio sostuvo que los tratamientos prescritos por profesionales de la salud pueden ser suministrados dentro de los recintos penitenciarios y que solo una evaluación especializada que determine la imposibilidad de ofrecer esas atenciones justificaría el traslado permanente a un centro externo.
🚫 Pumarol no estaba obligado a asistir
Sobre la ausencia del imputado en la audiencia, el abogado explicó que Pumarol no tenía la obligación procesal de comparecer, debido a que fue favorecido con un auto de no ha lugar en primera instancia.
“Él no tiene la obligación de venir porque fue beneficiado con un auto de no ha lugar en primer grado, una decisión que nosotros recurrimos en apelación”, indicó Valerio.
La familia de Yolanda Handal busca que esa resolución sea anulada y que el expediente sea enviado a juicio para que se determinen las posibles responsabilidades penales derivadas del ataque.
📅 Decisión queda pendiente para agosto
Con el aplazamiento dispuesto por la Segunda Sala de la Corte de Apelación, las partes deberán regresar al tribunal el 6 de agosto, fecha en la que se espera continuar con los argumentos y avanzar hacia una decisión sobre el recurso.
La Corte tendrá dos opciones principales: mantener el auto de no ha lugar, con lo que prevalecería la decisión de primera instancia, o revocarlo y ordenar la apertura de un juicio de fondo contra Jean André Pumarol.
El caso continúa generando una amplia atención pública debido a la gravedad de los hechos ocurridos en el condominio de Naco y al debate jurídico sobre la responsabilidad penal de una persona que presuntamente atravesaba una crisis de salud mental.
⚖️ Mientras llega la nueva audiencia, los familiares de Yolanda Handal insisten en que el proceso debe continuar ante un tribunal, mientras la justicia deberá ponderar los informes médicos, las pruebas reunidas y las garantías legales correspondientes antes de adoptar una decisión definitiva.